Celebrar un Matrimonio o P.A.C.S

Si usted es ciudadana(o) venezolana(o) en calidad de turista o residente legal en Francia, Mónaco o Andorra y desea contraer matrimonio o realizar un pacto civil de solidaridad (P.A.C.S.), la autoridad local puede exigirle una serie de documentos como parte de los requisitos de su solicitud.

Para conocer los detalles exigidos en la República Francesa para contraer matrimonio, diríjase a la alcaldía («mairie«) correspondiente a su domicilio o visite el sitio web (disponible en francés): https://www.service-public.fr/particuliers/vosdroits/F930

Para conocer los detalles exigidos en la República Francesa para realizar un PACS, diríjase a la alcaldía («mairie«) correspondiente a su domicilio o visite el sitio web (disponible en francés): https://www.service-public.fr/particuliers/vosdroits/F1618

La Sección Consular de la Embajada de la República Bolivariana de Venezuela en Francia no realiza la «publication des bans«.

1.- Declaración Jurada de Soltería («cetificat de celibat»)

2.- Certificado de Costumbre para Matrimonio o P.A.C.S. («certificat de coutume»)

3.- Extracto de Nacimiento: esta oficina no emite actas integrales de nacimiento. Si es el caso, debe solicitarla personalmente en la oficina de registro civil donde el nacimiento fue declarado, otorgar un poder a un tercero para que lo solicite en su nombre o solicitarlo via internet en: Solicitud de Actas de Registro Civil. Para más información visite el apartado: Poderes Especiales/Generales

Si ya posee un acta de nacimiento integral (partida de nacimiento) legalizada, apostillada y traducida por un traductor jurado, esta oficina podrá emitir una constancia de no vencimiento de acta de nacimiento y será potestad de la autoridad local aceptarla o no. Las actas de nacimiento venezolanas no tienen fecha de expiración (Artículo 94 de la Ley Orgánica de Registro Civil)

Si su estado civil es «Divorciada» o «Divorciado«, debe tener consigo la sentencia de divorcio definitiva emitida por el tribunal respectivo en Venezuela, apostillada y traducida al francés por un traductor jurado. Ninguna verificación adicional en esta oficina es necesaria. La emisión de actas o certificados de divorcio se encuentra fuera de las competencias de una oficina consular.

La Sección Consular de la Embajada de la República Bolivariana de Venezuela en Francia desea señalar que, de conformidad con el inciso B del segundo párrafo del artículo 1 del Convenio por el que se suprime el requisito de legalización de los documentos públicos extranjeros (Convenio de La Haya de 5 octubre de 1961), no se aplica a los documentos redactados por agentes diplomáticos o consulares. Esto significa que todos los documentos emitidos por representaciones diplomáticas o consulares, incluidas las de Venezuela, no están sujetos al requisito de Apostilla.