Autorización emisión o retiro de Pasaportes a Niños, Niñas y/o Adolescentes

Esta Autorización es requerida para expedir o retirar el pasaporte a un menor de edad de nacionalidad venezolana en ausencia de alguno de los padres.

Datos del niño, niña o adolescente

En caso de no poseer cédula venezolana, dejar en blanco
En caso de no poseer cédula venezolana, dejar en blanco

Datos de ambos progenitores

Detalles de contacto

Adjunte los documentos en formato PDF (máximo 4mb por archivo)

Una vez realizada la solicitud debe solicitar una cita y acudir personalmente a la Sección Consular a estampar su firma y huellas dactilares. La presencia física en la Sección Consular constituye un requisito obligatorio e inexcusable.

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Esta actuación está exenta del pago de aranceles consulares, de conformidad con lo establecido en el Artículo N.º 55 de la Ley Orgánica del Servicio Consular, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N.º 3.998, de fecha 21 de agosto de 1987, en concordancia con la Ley Orgánica de Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N.º 5.859 de fecha 10 de diciembre de 2007.