Firma de poderes (especiales y generales) o declaraciones juradas. Estos documentos se deben emitir en castellano y están destinados a las autoridades venezolanas.
Definiciones: un poder general autoriza a otra persona a actuar en su nombre en prácticamente cualquier tipo de acto jurídico (transacciones bancarias, compraventas de bienes inmuebles, litigios, entre otros). Además, permite actuar sin restricciones específicas y su uso no se agota hasta que este sea revocado por el poderdante. Un poder especial, por otro lado, es un documento que otorga poderes limitados y especificos. Se utiliza cuando el poderdante desea autorizar al apoderado a realizar acciones o tomar decisiones en áreas o asuntos particulares. En este sentido, el poder notarial es una manifestación de la figura jurídica de la representación, según las atribuciones conferidas al apoderado.
Nuestra oficina no posee una lista de abogados, puede elegir el de su preferencia. Una vez que tenga consigo el documento redactado, realice la solicitud en linea:
REQUISITOS Y ARANCELES CONSULARES:
- Cédula o pasaporte original del otorgante a presentar el dia de su cita.
- Pago de los derechos consulares a consignar el dia de su cita.
Poder General o Revocación de Poder General: Monto: Trescientos Euros (300 EUR)
Poder Especial o Revocación de Poder Especial: Cien Euros (100 EUR).
Declaración Jurada: Sesenta Euros (60 EUR).
Modalidad de pago en transferencia o efectivo: Pago Consular
Nota: para todos los ciudadanos esta actuación genera derecho consular según Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 42.485 de fecha 18 de Octubre de 2022.
Esta actuación queda exenta de derecho consular cuando cumpla lo establecido el numeral 6 del Articulo N°55 de la Ley Orgánica de Servicio Consular, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 3.998 de fecha 21 de Agosto de 1997. (…)Numeral 6: Actos y diligencias relacionados con la Ley del Trabajo y del Seguro Social Obligatorio.
INICIAR SOLICITUD:
CITAS DISPONIBLES
Solo la presencia fisica del firmante (quien otorga el poder) es requerida e indispensable. Requisitos a presentar el dia de su citar:
- Cédula o pasaporte original del otorgante (vencido o vigente).
- Pago de los derechos consulares en transferencia o efectivo.