Constancia de Licencia de Conducir

Constancia de Licencia de Conducir en idioma francés. Esta Sección Consular recomienda que, antes de realizar la solicitud de la presente constancia sean consultados los requisitos establecidos por las autoridades competentes francesas para la tramitación de las licencias, a efectos que se precise la pertinencia o no del presente certificado.

Este trámite no renueva o prórroga la vigencia de su actual licencia de conducir.

La renovación de la licencia de conducir venezolano se realiza a través del sitio web del INTT.

No existe acuerdo de homologación (o canje) entre licencias emitidas por la República Bolivariana de Venezuela y la República Francesa.

Requisitos:

  1. Haber realizado el REGISTRO CONSULAR ÚNICO
  2. Pasaporte o Cédula de Identidad Venezolana.
  3. Licencia de conducir venezolana vigente.
  4. El pago de los derechos consulares por el monto indicado. Monto: sesenta euros (60EUR). Modalidad de pago: Pago Consular
  5. Timbre electrónico de al menos 20gr si desea que le sea enviado por via postal: La Poste en Línea
Pasaporte venezolano (incluyendo la página donde se encuentra su prórroga, si es el caso).
Licencia de conducir venezolana vigente.
Comprobante de pago. El pago de los derechos consulares mediante transferencia bancaria por el monto indicado.
Timbre electrónico de al menos 20gr.
Ejemplo: HERNANDEZ Jose, 11 Rue Copernic, 75116 Paris.

La Sección Consular de la Embajada de la República Bolivariana de Venezuela en Francia desea señalar que, de conformidad con el inciso B del segundo párrafo del artículo 1 del Convenio por el que se suprime el requisito de legalización de los documentos públicos extranjeros (Convenio de La Haya de 5 octubre de 1961), no se aplica a los documentos redactados por agentes diplomáticos o consulares. Esto significa que todos los documentos emitidos por representaciones diplomáticas o consulares, incluidas las de Venezuela, no están sujetos al requisito de Apostilla.

Nota: para todos los ciudadanos mayores de 18 años de edad, esta actuación genera derecho consular según Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 42.485 de fecha 18 de Octubre de 2022.